Gasolineros inician defensa legal contra Ley de Hidrocarburos

Una vez  publicada en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley de Hidrocarburos, la Organización Nacional de Expendedores de Petróleo (Onexpo), que agrupa a 43 asociaciones de gasolineros de las 32 entidades federativas, pidió hacer cambios reglamentarios y de procedimiento, mientras que las empresas en lo particular preparan los distintos amparos para suspender el nuevo ordenamiento.

Este ordenamiento otorga facultades a la Secretaria de Energía y a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) de cancelar y negar permisos de importación, distribución y comercialización de combustibles a privados en México.

En ese contexto, la Onexpo solicitó un detallado análisis del texto aprobado permite detectar y precisar indefiniciones de procedimientos y vaguedades manifiestas en relación con la figura de suspensión o revocación de los permisos, la exigencia de infraestructura y capacidades de almacenamiento como requisito previo para el otorgamiento de permisos, en el trato que deberá darse a proyectos de inversión realizados o en proceso, bajo condiciones legales que se desconocen y quedan sujetas a la libre interpretación de las nuevas disposiciones, principalmente las establecidas en los artículos transitorios.

Respecto a la suspensión de permisos, establecieron que la reforma no establece definiciones sobre las posibles causales de suspensión (peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o la economía nacional).

Además, expusieron que para que la Sener o la CRE puedan expedir permisos, la reforma establece que el solicitante debe contar con la capacidad de almacenamiento que determine la Secretaría conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

“La nueva disposición en su artículo sexto transitorio establece que cualquier permisionario de la cadena de valor de los hidrocarburos será sujeto de revocación de permisos, al no cumplir con los requisitos correspondientes en la Ley de Hidrocarburos. Este amplísimo margen de aplicación debe considerar la gradualidad de las sanciones establecidas en las leyes aplicables”, destacó la Onexpo.

A su vez, la Onexpo señaló que es fundamental asegurar que los descuentos y beneficios en ventas de primera mano y de comercialización, que realice la empresa productiva del estado, no se otorguen de manera discrecional y discriminatoria, y se actúe en cumplimiento a lo establecido en la Ley Federal de Competencia Económica.

En lo que respecta al Artículo 57 y al 59 bis respecto a las inversiones, administración y operación de los permisos suspendidos, indicó que dichos cambios generan incertidumbre económica para los inversionistas que se encuentran operando, así como para los futuros proyectos que requieren de financiamiento.

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