Evasión fiscal rebasa $354 mil millones vía facturas apócrifas

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) detectó a ocho mil 204 empresas ligadas a la facturación de operaciones simuladas, que evaden más de 354 mil millones de pesos.

De acuerdo con la Jefa del SAT, Margarita Ríos-Farjat, las operaciones simuladas equivalen a una evasión fiscal de 354 mil 512 millones de pesos, lo que significa 1.4 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB).

"Ocho mil 204 empresas factureras localizadas; creemos que es un número menor del real. El aumento es de 31 veces, en comparación al 2014. Más de ocho millones de facturas por 1.6 billones de pesos de operaciones que no existieron con una presuntiva de evasión fiscal de 354 mil millones de pesos, que equivale al 1.4 por ciento PIB", sostuvo en conferencia de prensa.

De ese universo de empresas que desarrollan EFOS, alrededor del tres por ciento tienen domicilios fiscales den Puebla.

El pasado jueves el SAT realizó un operativo en una muestra de 150 empresas que realizan facturas cuyo resultado será la integración de expedientes para remitirlos a la Unidad de Inteligencia Financiera a fin de indagar las operaciones simuladas y el lavado de dinero.

Indicó que se detectaron que al interior del propio SAT se identificaron media docena de funcionarios que operaban favoreciendo la construcción de empresas, los cuales ya fueron separados del cargo y se realizarán las consecuencias legales.

La Jefa del SAT dijo que el modelo detectado de operación de las empresa factureras mediante el cual se emiten facturas originales pero que amparan operaciones falsas por parte de las empresas que adquieren los documentos.

Ante esto el gobierno federal plantea que se considere delito grave tanto la emisión como la compra de esos comprobantes fiscales, luego de que a la fecha la pena máxima permite quedar en libertad.

A la fecha, las penas por defraudación fiscal bajo ese rubro van de tres meses a seis años y quienes expiden de tres a seis años, no obstante que se pueden inducir temas como blanqueo de dinero.

En el Artículo 113 y 113 Bis del Código Fiscal de la Federación se plantea que para quienes adquieran o emitan comprobantes de operaciones inexistentes, las penas pueden alcanzar seis años; por lo cual se puede solicitar una fianza, o en su caso, enfrentar el proceso legal sin enfrentar prisión preventiva oficiosa.

 

 

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