Operaciones de criptomonedas sin protección en México pese a Ley Fintech

El bitcoin y otras criptomonedas no son consideradas monedas de curso legal, por lo cual sus operaciones se encuentran sin respaldo de una figura como el Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa), aseveró el Doctor en Derecho, Miguel Ángel Santillana Solana, certificado en el Área Fiscal por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

Al explicar los alcances de la Ley FinTech (ley para regular instituciones de tecnología financiera) ante miembros del Instituto Mexicano de Contadores Público, detalló que considerará a esas y otras criptomonedas alternativas.

No obstante, bajo las actuales condiciones quien invierte en esos instrumentos lo hace bajo su cuenta y riesgo, es decir, no se pueden proteger los movimientos de inversiones ni la ley plantea una figura de rescate a los depósitos o transferencias que se hagan.

Tan es así que ya existen casos en que un particular transfirió bitcoins para la compra de un automóvil y la operación no pudo finiquitarse porqué presuntamente hubo errores en el Registro Federal de Contribuyentes de la persona.

Advirtió que el tema no es tan fácil como abrir una página de Internet y aceptar pagos en criptomonedas u otro tipo de empresa FinTech, sino que hay toda una regulación para esas entidades financieras como ser Sociedades Anónimas constituidas, tener un capital mínimo, objeto social específico, manual de pasos para la mitigación de riesgos, avisos de inicio de operaciones y de que no hay seguridad y garantía en las operaciones.

Santillana Solana indicó que llevará al menos otros seis meses la generación de leyes secundarias en torno a la Ley Fintech, que abarca tanto la banca móvil, crowfunding o financiamiento colectivo, criptomonedas o monedas alternativas, pagos y transferencias, préstamos P2P (peer-to-peer) o persona a persona e Insurtech (Insurance Technology o seguros).

Asimismo servicios de asesoramiento financiero, gestión de finanzas personales, educación financiera y ahorro, gestión de inversiones y finanzas empresariales, así como trading y mercados.

La ley busca la inclusión financiera, pero también evitar operaciones con recursos de procedencia ilícita, prevención de operaciones de lavado de dinero y del terrorismo, no refiere explícitamente que te vaya a cobrar impuestos, aunque toda operación tendrá que desarrollarse vía cuentas bancarias

Santillana Solana estimó que las empresas de tecnología financiera deberán contar con el respaldo de la banca y el sistema financiero mexicano para su desarrollo en el país, con acceso a la Cámara de Compensación en sus operaciones.

Refirió existen más de 200 start ups susceptibles de ser reguladas, al plantear que en menos de seis años se detonará el mercado de Fintech, siendo su actual ley discrecional, requiriendo autorizaciones por parte de Banco de México (Banxico), la Comisión Nacionales Bancaria y de Valores (CNBV), la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, y la de Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), entre otras.

Las empresas sujetas a la Ley Fintech serán objeto de sanción por quebrantos a sus usuarios, aunado a que también se regula a interfases de programación de aplicaciones informáticas para compra venta, incluidos los activos virtuales.

Concluyó que los avances tecnológicos han empezado a quebrantar la naturaleza de este tipo de servicios, debido a que mucha de la demanda de productos financieros está siendo solicitada por los llamados milenials, quienes quieren que éstos sean más accesibles, flexibles y con muchas más opciones.

 

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