El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió del 30 de abril al 15 de mayo el plazo para que los contribuyentes presenten la Declaración Anual 2017, luego de las inconsistencias detectadas en las facturas y recibos de nómina para el llenado de las declaraciones.

 

El SAT recordó que por primera vez, este año se utiliza la información directamente de los comprobantes de nómina para prellenar los ingresos en la declaración anual.

«Derivado de las inconsistencias encontradas en el llenado de los comprobantes de nómina y en atención al interés de cumplir por parte de los contribuyentes, se amplía al 15 de mayo el plazo para presentar la Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta, de las personas físicas, correspondiente al ejercicio 2017», informó.

En el proceso se identificaron inconsistencias en la información capturada por patrones y en el timbrado de algunos proveedores de servicios de facturación, por lo que desde julio del año pasado, el SAT trabaja junto con los patrones sobre estas inconsistencias, a fin de que los contribuyentes puedan declarar.

Lo mismo sucede con algunas aseguradoras y afores, que por diversas razones no habían enviado la información al SAT antes de abril.

La autoridad fiscal recordó que las personas físicas que perciben ingresos por salarios de un solo patrón, no están obligadas a presentar declaración anual, y si desean hacerlo pueden cumplir en cualquier momento del año.

La última vez que se registró una ampliación del plazo de más de 15 días fue cuando sucedió la contingencia de la influenza en abril de 2009, el cual se extendió hasta el 1 de junio de ese año.